Se trata de un tipo de seguro enfocado a cubrir los gastos que implica un funeral, el entierro o la incineración de un fallecido y a gestionar todos los trámites necesarios para realizarlo.
En ningún caso los herederos, hijos o familiares reciben dinero tras el fallecimiento del asegurado de una póliza de decesos.
En nada, son formas diferentes de llamar a los seguros de decesos.
La mayoría de las compañías ofrecen adicionalmente servicios como apoyo psicológico al duelo, ayuda en los tramites de la herencia, borrado de la vida digital, etc.
El seguro de decesos se encarga de los gastos del funeral y del entierro del asegurado. El seguro de vida da un dinero a los herederos o familiares en caso de fallecimiento del asegurado.
Además de cubrir los gastos del funeral (tanatorio, féretro, etc.), incluye el traslado en avión al país del origen del fallecido. Es ideal para aquellas personas extranjeras residentes en España que desean enterrarse en su país de origen.
Siempre y cuando una persona quiera ser enterrada en su país de origen y este sea distinto a España. En este caso debe incluir la repatriación en su seguro de decesos.
No, solo es necesario si se quiere repatriar el féretro con el cuerpo del fallecido.
Por supuesto. De hecho, se suele contratar para la unidad familiar.
Si se produce el fallecimiento de una persona de otro país en España los gastos del funeral pueden suponer más de 5.000 €. A esto hay que añadir los gastos de la repatriación, que pueden ser otros 5.000 €. Para evitar este gran desembolso en un momento personal tan duro como un fallecimiento, el seguro de decesos con repatriación se encarga de pagar a las compañías funerarias y a las de viajes.
En general incluye el traslado del féretro hasta el aeropuerto más cercano. Algunas compañías también ofrecen el servicio de traslado hasta el pueblo o ciudad de origen.
Depende de la póliza. Algunas aseguradoras incluyen la opción de que los familiares acompañen al féretro en la prima del seguro de decesos con repatriación.